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Integrantes

Conoce a los miembros del VII Claustro y las normas para las elecciones de integrantes.

Presidente
Fernando Mata Carrasco
Secretaria
Gloria Cecilia Belden Fernández
 
Consejo Académico de Educación Media Superior

  • Esther Martha de Keratry Cárdenas1
  • Susana María Cuilty Siller
  • María Teresa Carlos Dávila
  • Magda González Ramírez
  • Carlos Mauricio. Pequeño Botello
  • Mihaly Sugar
  • Mónica Pugh Sarre
  • José de Jesús Gutiérrez Cuellar

Consejo Académico de Educación Superior

  • Pablo Villarreal Guerra1
  • Ana Beatriz Vila Freyer
  • Ricardo Alfonso Martínez Espinosa
  • Luis Antonio Sánchez López
  • Omar Escamilla Almaguer
  • Héctor Gómez de la Paz
  • Martha Graciela Sandoval Alvarado
  • Roberto Salinas Martínez
  • Juan Fernando Potes González
  • Ana María González Piña

Consejo Académico de Posgrado

  • José Humberto Alanis Alanis1
  • Luis Eugenio. de Garate Pérez
  • Cristina Fernanda Guzmán Siller
  • Laura Peña Parás
  • Héctor Cobos Aguilar
  • Francisco Xavier Moyseen Lechuga
  • Jorge Fernando Salcedo Mireles
  • Laura Lilia Esparza Martínez
  • Victor Aurelio Zuñiga González
  • Alfredo Bernardo Cuellar Valle
  • Martín Gerardo. Jiménez Vega
  • Dora Elia Martínez Ramos
  • Saúl Hiram Soto Fuentes

Consejo de Normatividad Institucional

  • Cecilia Quintanilla Salazar1
  • Eduardo Román González
  • Gabriela Garza Fernández
  • Lucía María Treviño Villarreal 
  • Alicia Cantón Guzmán
  • Ana Karyna Gómez Pérez
  • Luz María Valdez de la Rosa
  • Isabella Navarro Grueter
  • Héctor Ramón Martínez Menchaca
  • Carolina Daza Ordoñez
  • Marcela del Carmen Garza Islas
  • Luis Rolando Miranda García

Comité de Capacitación y Difusión

  • Luis Manuel Ocegueda Pacheco1
  • Karla Berenice Bueno Maldonado
  • Juan Manuel González Fernández
  • José Benito Flores Juárez
  • Josefina Ibarra Valencia
  • Alejandro Pozas Garza Galindo
  • Alexander Havemeyer Catin
  • Silvia Panszi Arteszn

1: Presidente del Consejo
2: Secretario del Consejo


Normas para las elecciones de integrantes del Claustro Universitario

  1. De acuerdo al Reglamento del Claustro Universitario los siguientes integrantes deberán ser electos para cubrir un periodo de dos años, por y de entre sus pares:
    • Categoría A: Dos directores del departamento de Comunidad Universitaria
    • Categoría B: Dos directores de División Académica de Educación Superior
    • Categoría C: Un director de programa académico del nivel de licenciatura por cada división académica
    • Categoría D: Un director de programa de Posgrado
    • Categoría E: Un director de departamento académico del nivel de licenciatura por cada división académica
    • Categoría F: Un director de unidad de Bachillerato
    • Categoría G: Dos directores de academia de Bachillerato
    • Categoría H: Tres profesores de carrera en el nivel de licenciatura y posgrado, por cada división académica de Educación Superior
    • Categoría I: Cuatro profesores de carrera en el nivel de bachillerato
    • Categoría J: Dos profesores de carrera del área formativa
  2. Las elecciones y el inicio de los períodos bianuales serán en años pares, comenzando con el año 2006.
  3. En el mes de junio del año en cuestión, el Pleno del Claustro constituirá una Comisión Electoral, que será la responsable de conducir la elección de los integrantes arriba listados y, posteriormente, al terminar el proceso, ésta se disolverá.
  4. La Comisión Electoral, a partir del mes de agosto y de acuerdo a un programa de trabajo, previamente aprobado por el Pleno del Claustro, tendrá las siguientes funciones:
    • Publicar la convocatoria.
    • Solicitar a la Dirección de Recursos Humanos el listado de electores y miembros elegibles de cada categoría.
    • Preparar y poner a disposición de los interesados las listas de electores y de miembros elegibles por cada categoría.
    • Recibir las postulaciones de los candidatos a través de pares o auto postulación.
    • Preparar el material electoral, consistente en boletas electorales y urnas.
    • Computar los votos y levantar el acta con los resultados de cada asamblea de votación.
    • Reportar las actas a la Junta de Presidentes de Consejos del Claustro.
  5. El voto en las categorías A, B, C, E, G, H, I y J será múltiple. Cada elector dispondrá de un número de votos igual al número de cargos que corresponden a la categoría en la cual elige, que distribuirá a su voluntad entre los postulantes, nunca más de un voto a una misma persona.
  6. En las respectivas actas de cómputo se listarán en orden decreciente según el número de votos obtenidos todas las personas postuladas; en los casos de empate el orden se someterá a una segunda votación entre los candidatos que hubieran empatado por los miembros de la categoría.
  7. A partir del orden en tales listas se designarán a las personas que suplirán la ausencia definitiva de alguno de los consejeros electos, durante el período para el cual fueron electos.
  8. Los supuestos no previstos serán presentados a la Junta de Presidentes de los Consejos del Claustro para su resolución.

Las normas para las elecciones para los integrantes del Claustro Universitario fueron aprobadas por el rector el día lunes 29 de enero de 2007, entrando en vigor al día siguiente de su aprobación.